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Importancia de la defensa fiscal oportuna

 

En este año 2020, la pandemia generada por el COVID-19, ha ocasionado una difícil y catastrófica situación económica mundial de la cual México (y en general el Estado de Colima, principalmente el Puerto de Manzanillo) no está exento, por lo tanto será necesaria una reactivación económica urgente y acelerada,  por parte de los empresarios, ciudadanos y gobiernos. Es importante el consumo local tanto de bienes y servicios, como la contratación de empleados para acelerar y fortalecer la economía local.

 

En cuanto a GOBIERNO-EMPRESA, el gobierno para poder obtener los recursos extraordinarios necesarios para el apoyo a las empresas, negocios y ciudadanos, llegará un momento en que necesitará  incrementar su recaudación tanto cautiva como la coactiva, esto es, que el propio mecanismo recaudador pudiera ocasionar una práctica mucho más activa y /o agresiva de parte de las autoridades fiscales, y si el contribuyente no se encuentra preparado para uno de estos procedimientos fiscalizadores mejor conocidos como auditorías, esta puede terminar en un crédito fiscal que le cause un daño irreparable a la empresa y en consecuencia a los empleados, debido a la afectación significativa del capital, por lo que es muy necesario contar desde el inicio de la auditoría y durante todo el procedimiento con asesoría legal independientemente de la contable.

 

Las reformas al Código Fiscal de la Federación al día de hoy, siguen dotado a la autoridad fiscal de las herramientas necesarias para poder realizar una auditoría, determinar un crédito fiscal, lograr un cobro efectivo de un crédito fiscal y hasta iniciar un procedimiento penal por algún delito fiscal, te menciono ejemplos de las más comunes.

 

El artículo 17-H faculta a la autoridad para cancelar los sellos digitales y con esto “impide que la empresa emita facturas” y la consecuencia es que se pierden clientes, esta cancelación de sellos se puede dar entre otros, por algunos de estos motivos:  durante el procedimiento administrativo de ejecución no localicen al contribuyente o éste desaparezca, en el ejercicio de sus facultades de comprobación, la autoridad detecte que el contribuyente no puede ser localizado, éste desaparezca durante el procedimiento, o bien se tenga conocimiento de que los comprobantes fiscales emitidos se utilizaron para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas; aun sin ejercer sus facultades de comprobación, descubran la existencia de una o más infracciones que estén previstas en los artículos 79  81 y 83, ( delitos relacionados con el RFC, obligaciones de declaraciones y pagos, y a la contabilidad) del Código Fiscal de la Federación. El artículo 69-B permite a la autoridad presumir la inexistencia de las operaciones amparadas en los comprobantes fiscales, y al final del procedimiento puede llegar a considerar que las operaciones contenidas en los comprobantes fiscales expedidos por el contribuyente en cuestión no producen ni produjeron efecto fiscal alguno, por lo que en caso de que la empresa haya realizado una deducción amparada con un comprobante emitido por un contribuyente publicado en el Diario Oficial de la Federación, este carecerá de validez fiscal y por lo tanto se deberá de realizar el ajuste al pago de contribuciones que corresponda y si esto lo determina una autoridad, deberá ser junto con sus accesorios.

Al final de una auditoría y en caso de que la autoridad determine un crédito fiscal y este quede firme, el artículo 156-ter le otorga a la autoridad la facultad de inmovilizar cualquier cuenta bancaria, de entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, o de inversiones y valores, a nombre  del contribuyente hasta por el monto del crédito fiscal, y después ordenar la transferencia de esos fondos inmovilizados a la cuenta de la Tesorería de la Federación o de la autoridad fiscal que corresponda.

 

Según los medios, de enero a octubre de 2019 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) canceló 49 mil sellos digitales, esto es 10% más que los 45 mil que se cancelaron durante todo el 2018, además de que vemos en los medios informativos que se siguen bloqueando cuentas bancarias y sujetando a proceso penal a personas que encuadran en lo que el código fiscal considera como delitos, esto nos muestra de que la recaudación coactiva está siendo más efectiva, estos es, durante el año 2019 aproximadamente aumentó 19% más que la de 2018, esto sin contar la recaudación por comercio exterior.

 

La mayoría de las ocasiones las auditorías se entienden con el departamento o área contable del contribuyente, siendo esto correcto en parte, ya que el área contable proporciona a la autoridad la documentación requerida, así como escritos o pruebas (que en ocasiones perjudican) así como la información necesaria para aclarar las observaciones contables que realice la autoridad, pero una vez determinado el crédito fiscal se busca la asesoría y/o defensa legal, la cual en la mayoría de las veces se encuentra difícil defenderse de esas violaciones legales durante la auditoría, ya que el momento procesal para aclararlas o defenderlas ya venció.

 

Es necesario contar con apoyo, asesoría o defensa legal que conozca la materia, y sobre todo y muy importante que domine el procedimiento fiscalizador, esto es, que conozca etapas, plazos, términos legales fiscales-contables, responder a la autoridad adecuadamente con escritos y sepa presentar pruebas, e identifique los actos ilegales de la autoridad para en caso de ser necesario impugnar ante autoridad competente tal violación.

Entonces no olvidemos la importancia de un apoyo legal (independientemente del contable) desde el inicio de la auditoría, ya que este también cuenta con etapas procesales legales, al igual que las más comunes, por ejemplo un juicio familiar, mercantil, laboral, penal, etc.  Siempre se cuenta con apoyo legal desde el inicio, el ejemplo más común es en materia penal, que desde el principio se tiene derecho a un “defensor” de oficio, para asegurar que el procedimiento se ajuste a derecho y no por ignorancia o desconocimiento, este termine siendo perjudicial para una persona o empresa.